Cuadernos de Ordenación del Territorio

número 6

Especial Islas Canarias

Índice

Julio Rancel Aproximación critica a los conceptos de Desarrollo Sostenible y Sostenibilidad en el marco de las políticas europeas. Implicaciones para la Ordenación del Territorio
David Love El agua y el turismo en el suroeste de Tenerife
Asenet Sosa Agricultura, paisaje rural y turismo: el caso de Lanzarote
Rafael Daranas Turismo y planeamiento en la isla de La Palma
Carlos Navalón El transporte terrrestre en Tenerife

Julio Rancel

Aproximación critica a los conceptos de Desarrollo Sostenible y Sostenibilidad en el marco de las políticas europeas. Implicaciones para la Ordenación del Territorio

 

 

Los conceptos de desarrollo sostenible y sostenibilidad

A principios de los años 70, la degradación ambiental existente en numerosas zonas (fundamentalmente urbanas) de los países occidentales, la extensión de distintos trastornos en la salud relacionados con ésta, la constatación del empeoramiento de las condiciones de vida en los países de la periferia del sistema económico global, el avance de la desertificación, la extinción de especies, y otros factores tanto naturales como sociales, cuya magnitud y alcance global son difundidos por unos cada vez más potentes medios de comunicación, comienzan a convertirse en verdaderas demandas de respuesta por parte de la población occidental.

En este marco, la publicación del primer informe al Club de Roma de Donatella H. Meadows bajo el título Los límites del crecimiento, la creciente presión y expansión de las ideas ecologistas (cuyos elementos teóricos y políticos fundamentales hablan sido recientemente adquiridos), la Conferencia de Naciones Unidas en Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano de 1972 y otras publicaciones y acontecimientos que cada vez iban teniendo un mayor calado en la opinión pública de los países industrializados, pusieron en tela de juicio la viabilidad del crecimiento como objetivo económico planetario. Ante la incapacidad del corpus teórico central de la economía ortodoxa para dar respuesta a tal cuestionamiento, los rectores de la economía mundial estaban obligados a reaccionar, y así lo hicieron.

Surgieron así, al calor de esta situación, distintas propuestas de conciliación del aumento de la producción (perentoriamente reclamado también en los países del tercer mundo), con el respeto al medio ambiente, despertando la mayoría de estas los recelos de economistas convencionales y lideres políticos, en cuanto desconfiaban del verdadero alcance que la aceptación de las mismas podría suponer, cuando de lo que se trataba era de salvar el crecimiento económico como paradigma.

Fue así como desarrollo sostenible logró convertirse en un termino ampliamente aceptado, como expresión mediadora diseñada para tender un puente sobre la zanja que separaba a desarrollistas de ecologistas.

Hasta el momento, desarrollo en economía, había sido sinónimo de crecimiento, pero tras la aceptación generalizada del término desarrollo sostenible, numerosos autores, entre los que destaca H. Daly, han matizado que la única forma coherente de desarrollo sostenible es aquella que se refiere a un desarrollo sin crecimiento (matización esta que evidentemente no ha sido universalmente aceptada).

En la actualidad existen numerosas definiciones de desarrollo sostenible, aunque en general giran todas alrededor de la definición del Informe Brundtland (una definición que cabe calificar como mera expresión de un deseo que entraña una gran ambigüedad, sin precisar su contenido ni el modo de llevarlo a la práctica). Las diferencias entre las distintas definiciones existentes varían en matices que a menudo son de gran peso, pudiendo dividirse estas entre definiciones desarrollistas (las que resultan de más agrado por parte de las instituciones económicas) y no desarrollistas, aunque en ningún caso podríamos afirmar que se haya pasado todavía de la categoría de vago compromiso emocional.

El termino desarrollo sostenible sigue triunfando hoy sobre el de sostenibilidad, después de su asunción total entre teóricos, instituciones, medios de comunicación, y todos los cursos relacionados con esta temática que se precien (el propio COT entre ellos). Sin embargo, el éxito político que acompañó su inicial uso retórico est siendo minado por la falta de resultados, inherente por otra parte a su propia ambigüedad. Técnicos y gestores solicitan cada vez con más fuerza la búsqueda de precisiones que hagan operativo su uso, pero... ¿es esto posible sin cambios radicales en el sistema político y económico mundial?

El concepto de sostenibilidad surge como sustituto del de desarrollo sostenible ante la ambigüedad de este último. La sencillez y falta de contradicción en s mismo de este termino permite un mejor análisis y un uso más riguroso del mismo.(inicio)

Critica a los conceptos de desarrollo sostenible y sostenibilidad

La primera critica al concepto de desarrollo sostenible viene dada por su propia ambigüedad formal como resultado de la unión de los términos desarrollo y sostenibilidad. En palabras del autor R.R. Norgaard: "La inconsistencia de unir las nociones de sostenibilidad y desarrollo hacen imposible definir el desarrollo sostenible de manera operativa con el nivel de detalle y de control que presupone la lógica de la modernidad" (Naredo, 1996).

El éxito del termino proviene de los niveles de brumosa generalidad en los que se mueve. Las acepciones, y sobre todo las implicaciones que se desprenden del concepto de desarrollo sostenible son objeto de múltiples y variadas interpretaciones. Aunque todas ellas giren alrededor del mismo deseo de armonización y de la definición establecida en el Informe Brundtland, bajo el mismo termino se esconden modelos que propugnan un crecimiento de la economía mundial en 5 o 10 veces su tamaño (Brundtland) y modelos que defienden que el desarrollo sostenible implica un crecimiento 0 de la economía (Daly). Además, el termino desarrollo sostenible, está sirviendo para mantener en los países industrializados la fe en la necesidad de la perpetuación del crecimiento.

El uso de la expresión sostenibilidad, que surge para solventar la incongruencia conceptual de la unión del termino desarrollo con el epíteto sostenible, aunque efectivamente logra su objetivo, lo consigue a costa de sustituir un paradigma para la acción (como lo es, a pesar de toda su ambigüedad, el desarrollo sostenible), por lo que no deja de ser una característica aplicable a múltiples sistemas, procesos, acciones, etc., que no supone un modelo global de actuación. Si no se aplica a ningún sistema en el que el termino sostenibilidad concrete su significado, este no dejar de ser un termino exclusivamente retórico.

En definitiva: ninguno de los dos términos objeto de estudio constituye en s mismo un modelo real que al menos oriente hacia una acción que suponga la armonización de economía global y ecosfera. Sin embargo, su mera aceptación retórica implica el reconocimiento de la existencia de un desarrollo que no es sostenible (el desarrollo normal o desarrollo a secas entendido como crecimiento); además, la reflexión sobre la viabilidad a largo plazo de los sistemas agrarios, industriales o urbanos ha entrado de la mano de estos términos en las reuniones y proyectos de administraciones y universidades.

En cualquier caso, los deseos de armonización subyacentes a ambos conceptos son claros, y por muy utópica que nos pueda parecer su formulación dada su inconsistencia teórica y su incapacidad de aplicación, la utopía es siempre motor de cambio.(inicio)

UE, desarrollo sostenible y sostenibilidad

La UE desde principios de los años 70 se ha mostrado como una de las instituciones de carácter internacional que mayor atención ha dedicado al medio ambiente. No en vano, es la única institución en el mundo que ostenta el poder de imponer obligaciones medioambientales vinculantes a estados soberanos.

La defensa del medio ambiente, el proteccionismo, firmemente afianzado en la legislación europea, es una postura importante para lograr una mejor calidad de vida, pero esto no tiene nada que ver con la sostenibilidad, tal y como hemos intentado reflejar en la monografía que da origen a este artículo. Además, aún desconocemos los resultados que ofrecer la nueva etapa en el proteccionismo ambiental practicada por la UE en los últimos años, prefiriendo posibilitar la incorporación de empresas industriales a programas de observación de normas ambientales voluntarias a la imposición de normas más restrictivas (como por ejemplo en el Reglamento Europeo sobre auditorías Ambientales).

La UE, dada la sensibilidad de sus ciudadanos respecto al medio ambiente, se ha lanzado a la elaboración de distintos planes, programas y documentos (Programas de Acción Medioambiental, Libro Blanco sobre Crecimiento Competitividad y Empleo, Libro Verde sobre Medio Ambiente Urbano, Principios de Leipzig, etc., todos ellos no vinculantes), que intentan hacer más sostenible Europa, sin haber adoptado antes un aparato conceptual claro y efectivo para definir la sostenibilidad de forma que pueda ser aplicada, sin disponer de instrumentos de medida de la misma, y sin haberse comprometido realmente en desentrañar la compleja problemática que supone la aplicación de este concepto a la economía.

En cuanto a las prescripciones vinculantes, no existen referencias a desarrollo sostenible o sostenibilidad incluidas dentro de directivas o reglamentos (instrumentos por excelencia de la legislación vinculante europea), que sobrepasen la categoría de meramente retóricas. Aunque también es cierto que por su propia naturaleza, tanto directivas como reglamentos tienen exclusivamente una aplicación parcelaria y puntual respecto a determinados temas o prácticas, y por lo tanto, no han sido ni son los mecanismos apropiados para introducir conceptos como los que nos ocupan.

El epíteto sostenible aparece en dos lugares de honor en el Tratado de la Unión Europea, pero aplicado a progreso o a crecimiento, por lo que formalmente este empleo carece de rigor y queda relegado a la categoría de generalidad. Ademes, los lugares que ocupa son los que suelen reservarse para las declaraciones de intenciones, no a los principios directamente aplicables.

No obstante, la inclusión de este termino en el tratado conlleva implícitamente que existen un progreso y un crecimiento que no son sostenibles, y esto nos habilita al menos para vivir intensos debates europeos sobre la sostenibilidad del sexo de los ángeles, y lo que es más importante: para que este debate llegue en alguna ocasión al Tribunal de Justicia Europeo (con muchas dificultades, algo de suerte y tras innumerables pasos burocráticos).

Una sociedad que intenta proteger su medio ambiente y que implementa medidas para conseguir este objetivo, est más cerca de la sostenibilidad que otras que no lo hacen, pero, ¿es esto suficiente? ¿es posible alcanzar la sostenibilidad sin cambiar radicalmente los hábitos económicos y de consumo de nuestras sociedades?(inicio)

Sostenibilidad y Ordenación del Territorio en Europa

Intentar llevar a cabo un plan de Ordenación del Territorio verdaderamente sostenible es hoy una quimera.

A pesar de encontrarnos en el contexto de una comunidad multinacional que posee una de las legislaciones ambientales más importantes del mundo, y que ha suscrito la práctica totalidad de los tratados internacionales con transcendencia ambiental, tal como ya hemos indicado, dentro del aparato legislativo de esta no existen menciones respecto de la sostenibilidad que vayan más allá de la categoría de mera declaración de intenciones. Podemos afirmar que la introducción del concepto de sostenibilidad dentro de la legislación europea vinculante no supone prácticamente ningún tipo de indicaciones para un ejercicio sostenible de la Ordenación del Territorio

Otra cosa es el caso de algunos documentos no vinculantes que sí que las contienen y que son de gran valor e interés. Dentro del seno de la comunidad, se han producido algunos de los documentos más interesantes y serios que avanzan en la vía de la sostenibilidad a escala mundial como por ejemplo son el quinto PAM, el Libro Verde del Medio Ambiente Urbano, los Principios de Leipzig, y otros. Incluso se está elaborando (aún al nivel de primer borrador oficial), un documento sobre Ordenación del Territorio que introduce este concepto. Se trata de la Perspectiva Europea sobre Ordenación del Territorio (PEOT), basada (al menos en teoría), en los Principios de Leipzig. La PEOT, mantiene como fines básicos algunos de los ya trazados desde Leipzig: la cohesión económica y social, y el desarrollo sostenible. Sin embargo, se trata de un documento más político, que ha tenido que ser más consensuado, y por lo tanto, en buena medida, despojado de la parte más valiosa de los Principios de Leipzig: sus prescripciones dentro de los ámbitos de actuación indicados para la Ordenación del Territorio La PEOT, a excepción de su primera parte (titulada: El enfoque territorial en el ámbito europeo), se convierte en un documento casi exclusivamente descriptivo.

La decepción respecto de la implementación de las vías de acción propuestas en estos programas y documentos no hace más que corresponderse con la categoría de utópicos que estos conservarán a no ser que se dé un verdadero cambio político y económico. Pero este cambio no se producirá hasta que no exista una verdadera demanda social al respecto, lo cual parece hoy ciertamente lejano del contexto europeo. Además, no es posible que se produzca tal cambio unilateral en la UE. El cambio, de producirse, ser un cambio global.

En cuanto a los condicionantes que la introducción de estos términos en la legislación internacional y europea supone en el ejercicio de la Ordenación del Territorio, hay que decir que son mínimos, salvo en actuaciones de extrema y evidente insostenibilidad a corto y medio plazo, en las que, en caso de ser elevadas hasta el Tribunal de Justicia Europeo, podrán llegar a suponer graves sanciones. No obstante, la inclusión de numerosas ciudades, islas, regiones o territorios dentro de convenios o tratados como Agendas 21 locales, redes de ciudades sostenibles, proyectos como el MAB de Naciones Unidas, etc., deberán ser tenidas en cuenta por los profesionales de la Ordenación del Territorio

Lo cierto es que mientras no exista un verdadero aparato conceptual construido alrededor del término "sostenibilidad", la introducción de este en la Ordenación del Territorio, en su doble vertiente de Análisis Territorial y Planificación Territorial dependerá fundamentalmente de la sensibilidad de los equipos redactores y de los esfuerzos de los mismos por recoger y desarrollar indicadores y criterios de sostenibilidad para que los agentes sociales puedan disponer de estos a la hora de tomar decisiones.

Pero en el caso de que esta sensibilidad exista, se cuenta en esta labor con múltiples documentos e instrumentos, entre los que destacamos los ya citados Libro Verde, Quinto PAM (con especial atención a los sectores económicos reseñados como especialmente relacionados con el medio ambiente: transporte, energía, industria, agricultura y turismo), Principios de Leipzig (atendiendo especialmente a sus prescripciones sobre sistemas urbanos, relaciones campo-ciudad, infraestructuras, transporte, infoestructuras, perificidad, y patrimonio natural y cultural), y finalmente, un instrumento que se ha revelado como especialmente interesante en el marco de aplicación de iniciativas sostenibles en el que nos movemos en Europa: los catálogos de buenas practicas, promovidos por la convocatoria de Naciones Unidas Hábitat II.

Las buenas prácticas, se han revelado como uno de los instrumentos más realistas y adaptados a la heterogeneidad en las condiciones y medios de las distintas ciudades del mundo, una heterogeneidad que también vivimos en Europa. La adopción de algunas de estas practicas no supone aisladamente la consecución de grado alguno de sostenibilidad para los adoptantes. Sin embargo, sí que responde de una manera muchas veces extremadamente sencilla a la necesidad de rellenar el vaco de prescripciones para la acción reclamado por población e instituciones en esta temática.(inicio)

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